Micelio
Auto16 de abril de 2008

A- de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Emilio Jose Yunis Turbay

Tema · dato duro
Incidente De Nulidad De La Sentencia T-875/07, Por Cuanto Su Fallo Es Contradictorio Y Desconoce Derechos Fundamentales Al No Referirse Al Tema De La Salubridad Como Aspecto Cardinal De La Demanda. Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Procedencia Excepcional. Cabe Anotar Que La Sentencia De La Referencia Fue Expedida El 23 De Octubre De 2007 Y Notificada Al Actor El Trece De Diciembre Del Mismo Año. Se Agrega Tambien Que El Dieciocho De Diciembre De 2007, El Actor Elevo Solicitud De Complementacion Que Le Fue Resuelta Desfavorablemente. Tal Decision Le Fue Notificada El Ocho De Febrero De 2008, De Acuerdo Con La Constancia De La Secretaria General De La Corporacion. Frente A Lo Anterior,. Se Aclara Que, Entre La Notificacion Y La Presentacion De La Solicitud De Nulidad (Trece De Marzo De 2008), Pasaron Veintitres Dias Habiles; Es Decir, Mas De Los Tres Exigidos Como Requisito Para Estudiar, De Manera Oportuna, El Fondo De La Solicitud. Por Ello, Debe Ser Rechazada. Rechazar, Por Extemporanea, La Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-875 De 2007, Proferida Por La Sala Primera De Revision De La Corte Constitucional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • No puede estudiar corrección jurídica de la decisión al tramitar solicitud de nulidad
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
  • Remisión argumentos consignados en el Salvamento de Voto de la sentencia T-875/07
  • Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
  • Rechazar por extemporánea la solicitud en sentencia T-875/07
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • No es instancia adicional para ventilar o revivir inconformidades
  • Se debe indicar flagrante violación al debido proceso o cambio de jurisprudencia
  • Procedencia si Sala de Revisión hubiese asumido el estudio de fondo en sentencia T-875/07
Debido Proceso
  • Sentencia T-875/07 es violatoria por amparar tesis según la cual el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses está exento de demostrar la idoneidad de la calidad técnica de la pruebas de paternidad o maternidad que ahí se practican
5 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por extemporanea, la solicitud de nulidad de la Sentencia T-875 de 2007, proferida por la Sala Primera de Revision de la Corte Constitucional.
  2. SEGUNDO. Comuniquese la presente providencia al peticionario, informandole que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.